27.4.10

10 cambios importantes para la edición 2010 de NFPA 10


Por Mark Conroy La NFPA 10, Norma para extintores portátiles, está siendo actualmente revisada por el Comité Técnico sobre Extintores de Incendio Portátiles. Los informes oficiales de la NFPA (Informe de Propuestas e Informe de Comentarios) sobre la NFPA 10 han sido completados. Le ofrecemos un análisis de la próxima edición de la Norma mediante la revisión de estos informes. Este artículo detalla los diez cambios más significativos en la próxima edición de NFPA 10. Se anticipa que la edición 2010 en castellano de la NFPA 10 estará disponible para septiembre de 2010.



Uno
— Se prohíben los extintores con productos químicos secos para la protección de equipos electrónicos delicados La edición 2007 de la norma requería que los extintores instalados para la protección de equipos electrónicos delicados, tales como computadoras y robótica, fueran seleccionados de entre los tipos listados específicamente y clasificados para riesgos (eléctricos) Clase C (párrafo 5.5.6). Dado que la mayoría de los extintores adquiridos para edificios contienen agentes extintores químicos secos, listados para incendios de Clase C, la preocupación era que estos extintores podrían inadvertidamente ser instalados para la protección de de equipos electrónicos delicados sin mayor consideración de la potencial interrupción de las actividades, la limpieza extensiva necesaria, y los potenciales problemas de corrosión que resultarían. Para evitar estas complicaciones, una propuesta de cambio prohibirá específicamente la instalación de extintores de agentes químicos secos para la protección de equipos electrónicos delicados. Además, se agregó texto explicativo al Anexo A sobre los temas relacionados con la limpieza y la probabilidad de corrosión si estos no eran abordados.

Dos
— Se detallan 27 pasos de mantenimiento anual Durante años, la confusión ha rodeado la inspección mensual de los extintores efectuada por cualquiera que tuviera una comprensión mínima sobre los extintores y sobre el examen de mantenimiento anual efectuado por los técnicos del servicio de extintores. Otro cambio propuesto introduce 27 amplios pasos en A.7.3.2, que deben seguirse para efectuar de manera correcta el mantenimiento en los extintores de incendio manuales portátiles con agentes químicos secos y presión almacenada. Dado que estos extintores son los extintores predominantes instalados en los edificios, la revisión se focaliza en este tipo. La intención principal es la de proveer información detallada sobre la cantidad de trabajo involucrado cuando se efectúa el mantenimiento de manera correcta, de conformidad con el manual de servicio del extintor. Los usuarios de la Norma verán que 12 rápidas inspecciones mensuales de control no serán suficientes para el mantenimiento anual. Además, a la autoridad competente (AC) se la proveerá del apoyo necesario para evitar que personas no calificadas etiqueten el mantenimiento de extintores.

Tres — Se explica el retiro de los extintores con agentes químicos secos y presión almacenada fabricados antes de octubre de 1984 La edición 2007 de la norma introduce una cláusula (4.4.1) para retirar de servicio a los extintores con agentes químicos secos y presión almacenada, fabricados antes de octubre de 1984, en el próximo intervalo de mantenimiento de 6 años o el próximo intervalo de prueba hidrostática. Este cambio dio por resultado un alboroto inesperado por parte de los negocios que fueron repentinamente cargados con el gasto de reemplazar estos extintores. Hubo muchas preguntas sobre por qué estos extintores necesitaban ser reemplazados, de modo que a Fred Goodnight y a Craig Voelkert de Amerex se les solicitó que escribieran un artículo para los exclusivos en línea del NFPA Journal. El artículo fue ampliamente distribuido y se convirtió en el punto central para la gente que buscaba tomar una decisión informada sobre la necesidad de cumplir con el requisito. En la reunión del comité técnico de abril de 2007 llevada a cabo en Underwriters Laboratories en Northbrook, IL, el comité utilizó el contenido del artículo para una nueva sección anexa, explicando las inquietudes sobre estos extintores. Las inquietudes incluían nuevos requisitos de mangueras, tiempos de descarga mínimos, criterios aplicables a la clavija de seguridad e información del manual de servicio. El comité también agregó texto para aclarar que esta cláusula no aplica a los extintores sobre ruedas.

Cuatro — Se ordena proteger las instalaciones comerciales de cocina que utilizan aceites de cocción con extintores listados de clase K Las instalaciones comerciales de cocina que utilizan aceites de cocción necesitan el tipo adecuado de extintor probado por un laboratorio independiente. Un nuevo requisito deja en claro que el comité avala el nuevo listado y que cualquier extintor sin una certificación para Clase K deberá ser retirado y reemplazado por un extintor listado de Clase K. A pesar de que muchos extintores con agentes químicos secos que fueron previamente permitidos ya deberían haber sido retirados, este nuevo requisito aplicaría a cualquiera de las versiones anteriores de extintores con agentes químicos húmedos que no se hallan listados con certificación para Clase K. El comité también agregó la siguiente advertencia: los extintores de incendio de Clase K equipados con dispositivos de extensión de descarga de tipo lanza no deberían utilizarse de modo que resultara en una inyección sub superficial de agentes químicos húmedos en aceite caliente de cocción, dado que esto causa una reacción termodinámica comparable a una explosión.

Cinco — Se limita el uso del halón como agente extintor de incendios Otros cambios que involucran agentes extintores sin aquellos que se relacionan con agentes halogenados. Los agentes halogenados incluyen el Halón 1211 utilizado en los antiguos extintores de halón y los nuevos agentes de reemplazo llamados halocarbonos. En la edición 2007, en el párrafo 5.3.2.6 se permitía el uso de extintores de incendio con agentes halogenados en aplicaciones limitadas. La amplia categoría en los requisitos se redujo a especificar que únicamente los extintores con halón deberían tener limitaciones a su uso por cuestiones ambientales. El Anexo A brinda una explicación más amplia y hace referencia a la lista del Protocolo de Montreal de sustancias controladas donde se ubica el halón. Los nuevos agentes de halocarbono que no tienen ninguna restricción de los organismos de reglamentación medio ambiental tales como la Agencia de Protección del Medio Ambiente de los Estados Unidos, no deberían estar restringidos por esta cláusula. De esta forma, la aclaración permite que los nuevos agentes limpios de halocarbono sean utilizados para sus más apropiadas aplicaciones sin confusión. El comité también agregó material anexo para aclarar información de seguridad brindada sobre las placas de identificación de los agentes halogenados en relación a los requisitos de volumen mínimos. Esto tiene por objeto el de evitar la sobreexposición a estos agentes que son descargados en espacios confinados.

Seis — Se ordena examinar y enrollar las mangueras de descarga de las unidades sobre ruedas Los extintores sobre ruedas tienen mangueras de descarga relativamente largas. En el caso de un incendio, estas mangueras deben desplegarse rápidamente. Para lograr un despliegue de la manguera rápido y fácil, las mangueras se enrollan de una cierta manera en el soporte de manguera que viene con el extintor. Los escaladores de rocas y marineros hace tiempo han entendido la necesidad de enrollar adecuadamente una cuerda con el fin de que no se enrede cuando se necesita rápidamente. El mismo concepto se aplica a las mangueras de extintores sobre ruedas. Un nuevo requisito en 7.3.1.5 ordena que estas mangueras sean enrolladas de modo de evitar nudos para permitir el rápido despliegue. Tanto los manuales de los fabricantes como los gráficos del Anexo A brindan detalles específicos. Además, un nuevo requisito ordenará que estas mangueras sean desenrolladas y examinadas completamente de manera anual por si existieran daños. Esto debería asegurar que cualquier manguera enrollada incorrectamente en el campo, sea enrollada correctamente dentro del término del año de emisión de la próxima edición.

Siete
— Se especifica la reutilización y reemplazo del agente de agua nebulizada Es extremadamente importante que se utilice el tipo adecuado de agua purificada desionizada en los extintores de agua nebulizada. Este agente extintor se halla listado para dar conformidad con los párrafos 4.1.4.1, y 4.1.4.2, y en consecuencia es capaz de alcanzar la certificación de Clase C. Los contaminantes podrían aumentar la conductividad del agua y podrían potencialmente obstruir la boquilla, que tiene pequeños orificios para sacar el agua como una fina pulverización. Por lo tanto el comité agregó requisitos en 7.4.3.11, relacionados con la reutilización y reemplazo de los agentes de agua nebulizada. La neblina de agua y los extintores con agentes químicos húmedos fueron agregados a la lista de los extintores de incendio que únicamente pueden ser re-presurizados con el tipo de gas expelente indicado en la etiqueta del extintor.

Ocho
— Se modifica la terminología a “Etiqueta duradera resistente a la intemperie” “Etiquetas metálicas” se mencionan en un número de lugares en la edición 2007. Esta frase ha causado alguna confusión en el campo dado que las etiquetas utilizadas comúnmente son en realidad de material plástico, que sólo se ven como si fueran plateadas metalizadas. La frase “etiqueta metálica adecuada” fue reemplazada por “etiqueta duradera resistente a la intemperie” donde quiera que fuera utilizada. También, un nuevo requisito sobre las etiquetas en 8.7.2.2(4) utiliza la frase “etiqueta duradera resistente a la intemperie”. Estos cambios tienen la intención de evitar confusiones y descarta cualquier problema con el cumplimiento con las etiquetas que han sido probadas y cuya pertinencia en campo ha sido comprobada.

Nueve
— Se incrementaron los procedimientos para la certificación de técnicos Ha habido mucha confusión acerca del requisito de certificación de técnicos en la edición 2007 de la Norma. Como respuesta, el presidente del comité designó a un grupo de tareas para que estudie la cuestión y recomiende al comité completo en la forma de un comentario público. De manera similar a la edición 2007, la nueva edición de la Norma contendrá el requisito de certificación para los técnicos. También se reconocen los programas de aprendizaje y requisitos para personas que se están capacitando para convertirse en técnicos. La ampliada sub sección sobre el personal en 7.1.2 incluye muchos nuevos requisitos que detallan el proceso de certificación. Con el fin de obtener la certificación, un individuo deberá pasar un examen de alguna organización aceptable para la AC. El examen deberá, como mínimo, basarse en los capítulos y anexos de la norma NFPA 10. El proceso de prueba debe permitir el uso de la Norma durante el examen (examen a libro abierto). A las personas que aprueben el examen, deberá emitírseles un documento o certificado que deberá estar disponible a solicitud de la AC. Básicamente, la organización donde se lleve a cabo el examen emite el documento (oficial) en el que se confía como evidencia de haber pasado el examen. El nuevo material del Anexo A reconoce dos medios adicionales que son considerados como equivalentes del proceso de certificación. A las AC que no confíen en organizaciones externas para la certificación, se les permitirá establecer sus propios programas locales de licencia que incluyen un examen. Además, se considerará que cumplen con este requisito, las operaciones industriales tales como la generación de energía, instalaciones petroquímicas y de telecomunicaciones que establezcan sus propias instalaciones de mantenimiento y recarga y que brinden capacitación para el personal que efectúa estas funciones. Una carta del gerente de las instalaciones será aceptable como documento de certificación. A las personas que efectúen las inspecciones mensuales no se les exigirá certificación, lo que se establece en el nuevo requisito de 7.1.2.3. Este permiso, sin embargo, no tiene la intención de evitar que los técnicos de servicio efectúen estas inspecciones cada 30 días. Otra revisión notable es que los nuevos requisitos de certificación no tienen una fecha límite dado que el comité consideró que la AC debería determinar el marco de tiempo. La última fecha límite del 31 de Diciembre de 2009, (Enmienda Interina Tentativa TIA 07-1), también fue eliminada. El comité también eliminó la definición de persona certificada y de material anexo asociado, ya que no se necesita con los nuevos requisitos. Dado que la mayoría de los exámenes de certificación son costosos, los técnicos deberían consultar con sus empleadores y los empleadores deberían consultar con la AC local o estatal antes de dar el examen. En última instancia, la AC tiene la última palabra en relación a las cuestiones de licencia y certificación.

Diez — Se amplían las instalaciones de prueba hidrostática Se ampliaron las especificaciones en 8.1.2.1 de aquellos autorizados para efectuar las pruebas hidrostáticas. Las pruebas hidrostáticas ahora pueden llevarse a cabo en instalaciones de prueba hidrostática con certificación TC o DOT, tales como talleres de servicio integral para extintores u otras instalaciones que efectúan pruebas hidrostáticas para otros cilindros tales como talleres para equipos de buceo o lugares de venta de insumos para soldaduras. En los talleres para el servicio integral de una empresa de extintores de incendio, la prueba hidrostática debe efectuarse por personas capacitadas en procedimientos de pruebas de presión y medidas de seguridad y deben contar con el equipamiento e instalaciones adecuados. Las instalaciones de prueba hidrostática tales como talleres para equipos de buceo y lugares de venta de insumos para soldaduras que cuenten con un número de certificación DOT (RIN), también se encuentran autorizadas a efectuar las pruebas hidrostáticas de los extintores. Cualquier instalación que efectúe el desmantelado y reensamblado del extintor, incluido cualquier recambio de partes, debe contar con técnicos de extintores que cumplan con las calificaciones indicadas en 7.1.2. A pesar de que ésta fue siempre la intención de la Norma, esta revisión la deja en claro. De la misma manera en que se necesitan habilidades y conocimientos especiales para efectuar la prueba hidrostática de un cilindro, las personas que se ocupen del reensamblado de los extintores deben contar con habilidades y conocimientos especiales con el objeto de poder seguir las instrucciones del manual de mantenimiento del fabricante y de modo correcto, poner el extintor en condiciones de funcionamiento de manera correcta.

Mark Conroy es ingeniero en Brooks Equipment Company y miembro principal del Comité Técnico de la NFPA 10.

Bookmark  and Share

No hay comentarios.: